Page 8 - GACETA UEEM. OCTUBRE - DICIEMBRE 2025
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Apología del Delito
En conclusión, la existencia de narcocorridos no debe
abordarse mediante prohibiciones, sino a través de polí�cas
culturales y educa�vas que ofrezcan alterna�vas simbóli-
cas a las comunidades donde el narcotráfico se presenta
como modelo de vida. Permi�r estas expresiones musi-
cales no significa avalar el delito, sino respetar la liber-
tad de expresión y reconocer que la música es un
espejo de la sociedad.
La apología del delito, lejos de ser un fenómeno
exclusivamente jurídico, es también un problema
cultural y social. Prohibir canciones, tatuajes o
series televisivas puede tener un efecto inmedi-
ato de censura, pero no resuelve la raíz del
fenómeno: la fascinación colec�va por la
figura del delincuente como símbolo de resis-
tencia frente a un Estado débil. El reto del Dere-
cho es encontrar un equilibrio entre la protección
de la seguridad pública y el respeto a la libertad de
expresión, mientras que el reto cultural es replant-
ear qué modelos de éxito y poder se transmiten a las
nuevas generaciones.
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“Silenciarla no erradica el problema, solo lo oculta.”
Fuentes:
1. Código Penal Federal. Diario Oficial de la Federación, última reforma publicada el 7 de junio
de 2021, artículo 208. Ciudad de México: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
2. García Ramírez, Sergio, y Alejandra Gonza. La libertad de expresión en la jurisprudencia de
la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 1a ed. San José, Costa Rica: Corte Interameri-
cana de Derechos Humanos; Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, 2007.
3. Suprema Corte de Justicia de la Nación. Cuadernos de Jurisprudencia núm. 13: Libertad de
expresión, derechos humanos y medios de comunicación (AR 622/2015; AR 578/2015; AR
1005/2018; AI 122/2015). Primera edición, septiembre de 2021. Coordinación de Ana María
Ibarra Olguín. Ciudad de México: Suprema Corte de Justicia de la Nación.
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