Page 7 - GACETA UEEM. OCTUBRE - DICIEMBRE 2025
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Apología del Delito
social más que como una incitación
directa al delito. La música no crea delin-
cuentes; más bien refleja contextos de
violencia, impunidad y ausencia del
Estado. Pretender silenciar estas expre-
siones equivale a negar la existencia de
dichas realidades.
Asimismo, debe reconocerse que la
música es una manifestación ar�s�ca y
cultural. La Corte Interamericana de
Derechos Humanos ha señalado que solo
es legítima la restricción de expresiones
que constituyan una incitación directa,
inmediata y comprobable a la violencia .
2
Aplicado al caso de los narcocorridos,
esto significa que mientras sus letras no
llamen explícitamente a cometer delitos,
deben considerarse parte de la plurali-
dad cultural y del ejercicio de las liberta-
Imagen 4
des.
Finalmente, prohibir narcocorridos abre
de la opinión popular, estas medidas un precedente peligroso. Si se jus�fica la
han generado un debate en torno a los censura por apología del delito, lo mismo
límites de la libertad de expresión y la podría ocurrir con géneros como el rap,
función social de la música. el rock o el reguetón, que también con-
En primer lugar, la libertad de expresión �enen expresiones violentas o sexuales.
es un derecho fundamental consagrado Esta lógica atenta contra la diversidad
en los ar�culos 6º y 7º de la Cons�- cultural y convierte al Estado en un
tución mexicana, así como en instru- censor de la producción artística .
3
mentos internacionales como la Con- 2 García Ramírez, Sergio, y Alejandra Gonza. La libertad de expresión en la jurisprudencia de la
vención Americana sobre Derechos Corte Interamericana de Derechos Humanos. 1a ed. San José, Costa Rica: Corte Interamericana de
Derechos Humanos; Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, 2007.
3 Suprema Corte de Jus�cia de la Nación, Cuadernos de Jurisprudencia núm. 13: Libertad de
Humanos. Este derecho protege no solo expresión, derechos humanos y medios de comunicación (AR 622/2015; AR 578/2015; AR
1005/2018; AI 122/2015), 1a ed. (sep�embre 2021).
las expresiones aceptadas por la may-
oría, sino también aquellas que resul-
tan molestas, incómodas o polémicas.
Desde esta perspec�va, la prohibición
de los narcocorridos cons�tuye una
forma de censura previa que resulta
incompa�ble con los principios
democrá�cos.
En segundo lugar, los narcocorridos
deben entenderse como una crónica
Dr. César Antonio Cortés Bolaños
6 Docente Universidad UEEM, Plantel Neza

